Sucesos

Hombre que arrojó agua caliente a una perrita será imputado por maltrato animal

El hombre causó lesiones a la perrita comunitaria. Foto: Cortesía.

Un hombre identificado como Augusto Fonte De Oliveira, será imputado por el delito de maltrato animal, luego de haber causado lesiones a una de las perritas comunitarias que forma parte de la manada de la Cancha Acústica de Colinas de Bello Monte, al arrojarle agua caliente para que se fuera de su panadería.

Vecinos de Colinas de Bello Monte comentaron a El Pitazo que la mañana de este miércoles 29 de julio, De Oliveira, quien es dueño de la panadería Colimar, ubicada dentro del minicentro Colina, avenida Caurimare, se percató que Beba, como le dicen al animal en la comunidad, se acostó en la entrada de su comercio. Para ahuyentarla de su comercio fue por agua caliente y se la tiró encima, lo que le produjo al animal varias ampollas en el lomo y sus patas.

Residentes de la zona fueron testigos de la agresión y lo denunciaron ante redes sociales. Actualmente Beba se encuentra bajo el cuidado de una organización que protege a los animales en la ciudad.

La tarde de este 30 de julio, Tarek William Saab informó que el comerciante fue detenido y se encuentra a la orden del Ministerio Público para ser imputado por maltrato animal.

Es de recordar que Saab ha explicado en otros casos de maltrato a perros y gatos que a quienes detengan por maltrato animal se les aplican las penas de la Ley Penal del Ambiente por ser más severas, pues el artículo 539 del Código Penal, dedicado al mal tratamiento a los animales los sanciona con penas muy bajas. Este artículo menciona que quien «cometa crueldades con los animales, los maltrate sin necesidad o los someta a trabajos manifiestamente excesivos, será penado con multa hasta por cien bolívares».

En Venezuela hay otra ley que sanciona a quien maltraten animales. La Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio dice en su artículo 71 que el maltrato animal por motivos fútiles, aun cuando no se cause dolor es considerado una infracción leve, está es sancionado con multas que varían entre 20 unidades tributarias (UT) a 39 UT, según sea el caso.

En el caso de que sea un maltrato mayor se encuentra el artículo 72, cuyas multas van desde 40 UT a 70 UT. Entre ellas figuran: el maltrato animal doméstico que genere dolor independientemente de su tipo, los actos de crueldad por dolo o culpa y las prácticas de mutilaciones, entre otros.

Y para quienes cometan agresiones aún más graves, como la muerte, está el artículo 73, que sanciona con multas que van desde 71 UT a 100 UT.

 

Con información de Cactus 24

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