Política

TSJ decretó constitucionalidad de la prórroga de alarma nacional

TSJ decretó esta medida que permitirá seguir con las estrategias para minimizar los efectos de la pandemia del coronavirus y garantizar una atención oportuna y eficaz a los afectados.

TSJ decretó este miércoles la constitucionalidad del anuncio N° 4.168, el cual comprende una prórroga del decreto de estado de alarma nacional. El Tribunal Supremo de Justicia del Gobierno de Nicolás Maduro, explicó que la medida permitirá seguir con las estrategias para minimizar los efectos de la pandemia del coronavirus y garantizar una atención oportuna y eficaz a los afectados.

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El decreto se publicó en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.528 del 12 de abril de 2020. Esto según lo previsto en el artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

La información sugiere que su vigencia data desde que fue dictado por Maduro. Así mismo, su legitimidad, validez y eficacia jurídico-constitucional es irrevocable conforme con la Constitución.

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Por otro lado, en el dictamen se insta al Ministerio Público a que, ante la Sala Constitucional, informe a detalle los casos judicializados y relaciones con el coronavirus, explicando su situación y avance.

Cumple con los parámetros del Texto Constitucional, la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción e instrumentos jurídicos aplicables. Así como con la preservación de los Derechos Humanos y el Texto Fundamental, el Estado y las instituciones.

También ordenó que dicha sentencia se publique en la Gaceta Oficial, la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia del régimen de Nicolás Maduro.

Con información de El Nacional

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