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¿Solo se podrán sustituir candidatos por otros ya postulados? (+Video)

CNE

Vladimir Villegas compartió a través de sus redes sociales su opinión tras las recientes declaraciones de Diosdado Cabello sobre la sustitución de candidatos en torno a la elección presidencial del próximo 28 de julio.

“Los candidatos postulados son esos, ya no hay más candidatos. Cualquier cosa que ocurra de aquí en adelante es con esos mismos. Hay 12 candidatos por la oposición, uno por la revolución bolivariana. Ellos tienen 12 candidatos y nadie nos ve llorando porque tenemos uno solo, enfrentamos el problema”, fueron las palabras de Diosdado Cabello.

Sin embargo, el artículo 63 de la Ley Orgániza de Procesos Electorales señala:

Artículo 63. Las organizaciones postulantes podrán modificar las postulaciones que presenten y, en consecuencia sustituir candidatos o candidatas hasta diez días antes de ocurrir el acto electoral. A tales efectos, el Consejo Nacional Electoral tomará las medidas para informar a los electores y las electoras en el ámbito territorial al que corresponda la elección, sobre la modificación o sustitución realizada. Cuando el tiempo en que se realice la modificación o sustitución resulte insuficiente para realizar el cambio en el instrumento electoral, los votos que se emitan en el mismo se acreditaran al candidato sustituto o la candidata sustituta.

En este sentido, Villegas recalcó el hecho de que el chavismo solo cuenta con un candidato inscrito, “imaginemos la situación que se presentaría si por alguna razón Nicolás Maduro no puede seguir siendo candidato del Psuv, bien porque renuncié, se enferme, cualquier circunstancia que pueda provocar que él no sea candidato. Entonces el Psuv no pudiera postular otro candidato porque cerró el proceso de postulaciones y tendría que pensar el Psuv en apoyar otro candidato de los que presentaron su nombre. ¿Apoyaría el Psuv a Manuel Rosales, Benjamín Rausseo, Luis Ratti…”

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