Nueva Esparta

Piden actualizar monto de equipaje acompañado del puerto libre de Nueva Esparta

Piden actualizar monto de equipaje acompañado del puerto libre de Nueva Esparta

La directiva del gremio comercial sugiere que dicha normativa causa un efecto negativo en las actividades turísticas.

La Cámara de Comercio Puerto Libre y Producción de Nueva Esparta solicita revisar la norma que limita el valor de artículos nuevos que sacan los visitantes fuera del territorio insular.

En este sentido, en la Ley de Puerto Libre de la isla de Margarita, la mercancía que se permite sacar está valorada en 125 unidades tributarias, es decir, unos 187 mil 500 bolívares, ni medio dólar, considerando que la cotización del dólar está cercana a los dos millones de bolívares.

El sector comercial calificó a esta norma como carente de toda vigencia ya que no corresponde ni en lo mínimo con el nivel de inflación que registra el país.

El presidente de la Cámara de Comercio, Teodoro Bellorín señaló que debido a la fuerte caída de la actividad comercial por la suspensión del turismo, la pérdida del poder adquisitivo de los venezolanos y prioridades exclusivas para productos esenciales, es vital que lo que puedan adquirir los turistas no tenga obstáculos para su salida de la isla.

El artículo 18 de la referida Ley de Puerto Libre establece que “los efectos nuevos que formen parte del equipaje de los pasajeros mayores de catorce años estarán libres del pago de gravámenes aduaneros, siempre y cuando en su conjunto no excedan de un valor en moneda nacional equivalente a ciento veinticinco unidades tributarias”, sobre lo cual señala el gremio en su pronunciamiento institucional: “La realidad es que el impacto inflacionario en los precios de los productos en nuestra entidad, hace anacrónico limitar a este valor un artículo nuevo a ser llevado a territorio aduanero nacional”.

La directiva del gremio comercial sugiere que dicha normativa causa un efecto negativo en las actividades turísticas y comerciales en la región, las autoridades pueden apegarse al artículo 3 de la misma ley que establece que “el Ministerio de Finanzas, por órgano del Ministro, podrá, individual o conjuntamente con otros órganos del Ejecutivo Nacional, según el caso, dictar por Resolución u otros actos, normas y procedimientos especiales relacionados con el régimen especial de Puerto Libre”.

Con redacción de Porlavisión.

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