NacionalesSucesos

Cuatro detenidos y 8 medidas cautelares por caso de venta ilegal de gasolina en Zulia

Se decretó la libertad plena a 2 hombres. “Funcionarios actuantes omitieron en el presente proceso la participación de 5 funcionarios”.

El Juzgado Tercero en Funciones de Control Zulia decretó la privación judicial preventiva de libertad de Nerio Urdaneta Parra, Santiago Urdaneta Parra, Oscar Barboza González y Mohamad Khansa, por la venta de combustible en dólares en la estación de servicio El Palotal, en Maracaibo.

Lea también: Redi Occidente: “Tomamos medidas para trasladar a los venezolanos a sus regiones”

Además, acordó medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad para Nelson Díaz Montiel, Elkin González Báez, Johan García Sánchez, Jeffer Nava Araujo, Manuel Tavárez Guillen, Ángel Fernández González, Jhon Carrasco Morillo y Cristian Danyelo Tavera, consistente en la detención domiciliaria, con rondas de patrullaje permanente, comisionando para ello al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Estadal Zulia, quienes deberán informar al tribunal del cumplimiento de la misma.

Se decretó la libertad plena y sin restricción de Jorge Leonardo Duque Urdaneta y Saúl Antonio Torres Rosales, además, el juzgado ordenó la aprehensión de oficio del teniente coronel Franklin Chacín Reyes, adscrito a la Guardia Nacional Bolivariana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 236, ordinales 1°, 2° y 3°, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal.

En su decisión el juzgado anuló parcialmente las actuaciones, en relación a las declaraciones de los ciudadanos imputados en la sede del organismo, por no estar debidamente asistidos por su defensor de confianza, contraviniendo así, el debido proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 132 del Copp.

Agrega la sentencia que se acuerda oficiar a la representación fiscal a los fines de abrir la respectiva investigación a los funcionarios actuantes por haber evidenciado el tribunal la referida violación flagrante del debido proceso, además, por haber evidencia de que dichos funcionarios violentaron la norma relacionada a la competencia que como órgano auxiliar les corresponde, a tenor de lo dispuesto en el artículo 15, ordinal 4° de la Ley Orgánica de la Investigación Científica Penal y Criminalística, el cual manifiesta que los autores de los delitos de flagrancia deberán ser puestos a disposición del Ministerio Público.

Al respecto, el tribunal constató que los funcionarios actuantes omitieron en el presente proceso la participación del teniente coronel Franklin Chacín Reyes, coronel Torres Pacheco, SM1 René Hernández Bohórquez, SM2 Wilmer Rangel Granado y Sup. jefe Mervin Jiménez, por lo que se instó al Ministerio Público a recabar las diligencias tendiente a la investigación para el esclarecimiento de los hechos y resguardar las evidencias incautadas en la presente causa.

Se ordenó identificar debidamente a coronel Torres Pacheco, SM1 René Hernández Bohórquez, SM2 Wilmer Rangel Granado y Sup. jefe Mervin Jiménez, a los fines de ser ingresados a la investigación en atención al esclarecimiento de los presentes hechos que dieron lugar al presente asunto penal, y también se ordenó oficiar al Ministerio Público, a los fines de poner en conocimiento lo acordado.

Porlavisión con información de Nota de Prensa

Suscríbete
Notifícame
guest
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios