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Unidades de transporte público tienen prohibido ir llenas y con gente de pie

El sector transporte, en conjunto con las demás instituciones, debe garantizar la desinfección necesaria una vez que se cumpla el horario de trabajo.

Las unidades de traslado no pueden ir llenas ni con gente de pie, a fin de cumplir el distanciamiento social obligatorio, para evitar el contagio por COVID-19.

“Debe dejarse un puesto libre entre pasajeros y los usuarios no pueden subir a ningún autobús sin su tapaboca”, como medida dictada por la Alcaldía del municipio Libertador.

El sector transporte, en conjunto con las demás instituciones, debe garantizar la desinfección necesaria una vez que se cumpla el horario de trabajo.

La Gaceta Oficial N° 41.891 referente a las Normativas Sanitarias de Responsabilidad Social, propone lo siguiente:

Para las unidades de transporte de pasajeros tipo vans, troncal, minibus, perifericus y autobus, en cualquiera de sus modalidades de servicio, sean urbanos, suburbanos o interurbanos, se establece un máximo de ocupación de pasajeros hasta el cincuenta por ciento (50%) de su capacidad, más el conductor y el colector.

El límite máximo de ocupación de pasajeros se traduce en la siguiente clasificación de puestos:

Unidades de 15 puestos, ocupación máxima de 07 personas

Unidades de 18 puestos, ocupación máxima de 09 personas

Unidades de 20 puestos, ocupación máxima de 10 personas

Unidades de 25 puestos, ocupación máxima de 13 personas

Unidades de 28 puestos, ocupación máxima de 14 personas

Unidades de 32 puestos, ocupación máxima de 16 personas

Unidades de 36 puestos, ocupación máxima de 18 personas

Unidades de 42 puestos, ocupación máxima de 21 personas

Unidades de 48 puestos, ocupación máxima de 24 personas

Unidades de 52 puestos, ocupación máxima de 26 personas

Unidades de 60 puestos, ocupación máxima de 30 persona

Con información de Entérate24

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