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Denuncian retardo procesal de hasta 750 días en juicios a presos políticos militares

“Nuestra organización registra, por ejemplo, que en el caso de los Comandantes de los Batallones Blindados hay un retardo de más de 750 días para la apertura de juicio”, afirmó Yonathan Mustiola.

En Venezuela se registran casos de hasta 750 días sin impartir justicia a los presos políticos militares, denunció este miércoles el abogado y director de la ONG Justicia Venezolana, Yonathan Mustiola.

“Hoy denunciamos con cifras en mano, el grave retardo procesal que vienen arrastrando las causas penales seguidas en contra de los presos políticos militares, lo cual ha venido denunciando nuestra organización, desde incluso antes que iniciara el confinamiento a causa del COVID-19, y que hoy nos vemos obligados a recalcar ante el riesgo de contagios y muerte por coronavirus de estos uniformados“, explicó el abogado.

Citando la Constitución, Mustiola subrayó que todo proceso judicial debe ser breve, debido a que así lo establece el principio de eficacia procesal, definido en el artículo 257 de la carta magna y las leyes procesales en curso.

“En Venezuela, se está aplicando absolutamente lo contrario con estos oficiales institucionales, sometiéndolos al tan pernicioso retardo procesal”, sentenció.

Sobre este tema, el profesional del derecho ahondó en que los principios y garantías que conforman el proceso penal venezolano, contenidos en los primeros 23 artículos del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), establece el principio de concentración.

Sobre este principio que, según sumó, se desarrolla en distintos contextos a lo largo del COPP, enfatizó que está siendo violado reiteradamente por los órganos de justicia del país.

“Nuestra organización registra, por ejemplo, que en el caso de los Comandantes de los Batallones Blindados hay un retardo de más de 750 días para la apertura de juicio, y en el caso operación “Vuelvan Caras”, más de 320 días de retardo, también para el inicio del juicio oral y público. Todo esto, a pesar de que el artículo 325 del Código Orgánico Procesal Penal señala, que se debe fijar la fecha para la celebración del juicio dentro de los 10 a 15 días hábiles, desde que llega el expediente al Tribunal de Juicio”, agregó.

Al respecto, el defensor de derechos humanos acotó que este grave retardo procesal registrado en la mayoría de las causas seguidas a los presos políticos militares no tiene su génesis en la pandemia.

Sin embargo, acotó que la paralización de la justicia penal creció en esta situación que vulnera las garantías procesales de los uniformados que hoy permanecen tras las rejas.

Con información de Caraota Digital.

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