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TSJ suspende impuestos municipales y estadales por 90 días

impuestos sentencia del TSJ

Según un comunicado del TSJ, quedan suspendidos por estos tres meses, a partir de este 7 de julio el cobro de impuestos.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suspendió la aplicación de impuestos municipales o estadales por un plazo de 90 días. La información se dió a través de un comunicado este martes 7 de julio del año en curso.

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Según un comunicado del TSJ, queda suspendida por estos tres meses, a partir de este 7 de julio, la aplicación de “cualquier instrumento normativo dictado por los concejos municipales y consejos legislativos de los estados que establezcan algún tipo de tasa o contribución de naturaleza tributaria, así como cualquier decreto o acto administrativo de efectos generales dictado con la misma finalidad, por los alcaldes o gobernadores”.

Mesa técnica

Así lo indica la sentencia N° 078-2020, que además ordena a Tareck El Aissami, vicepresidente sectorial del Área Económica y ministro del Poder Popular de Industrias y Producción para que, junto con los gobernadores, los alcaldes y el jefe de gobierno del Distrito Capital, conforme una mesa técnica a fin de coordinar los parámetros dentro de los cuales ejercerán su potestad tributaria, en particular, para armonizar lo referido a los tipos impositivos y alícuotas de los tributos.

Igualmente la decisión, con ponencia del vicepresidente de la Sala Constitucional, magistrado Arcadio Delgado Rosales, ordena a El Aissami presentar informe detallado de las actuaciones desplegadas en ejecución de la presente sentencia.

Recuerda el fallo que cuando las distintas personas político-territoriales ejercen sus competencias en materia tributaria, “debe ser conforme con los principios y valores que informan al sistema tributario en general, señalados en el artículo 316 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para garantizar que las entidades político-territoriales no excedan los límites constitucionalmente establecidos”.

Agrega la Sala del TSJ en ese sentido, que la coordinación y armonización del ejercicio de las potestades tributarias de los estados y municipios que ordena el Texto Fundamental, permitiría homogeneizar tantos los tipos impositivos como los procedimientos tributarios.

Esto con el fin de que los contribuyentes que realizan su actividad económica en diferentes entidades político-territoriales, tengan un mínimo de certeza sobre los procedimientos tributarios. Así como las cargas fiscales que genera su actividad productiva. Con lo cual se estarían creando condiciones que tiendan a promover y mantener el desarrollo económico y social del país.

Con información de Efecto Tocuyo

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