Nueva Esparta

Comunicado de la Cámara de Comercio de Nueva Esparta tras ajuste en tarifas del aseo urbano en Maneiro

La Ordenanza que sustenta la contratación del servicio de aseo urbano a un tercero debe ser revisada sin demora

Según comunicado oficia, para la Cámara de Comercio Nueva Esparta uno de sus objetivos fundamentales es llamar a la reflexión, a la proporcionalidad y a proteger la economía de los neoespartanos, siempre apegados al marco legal. Sin ataques, pero con sindéresis. Serenos y cautelosos ante arremetidas ofensivas. Reclamar un derecho nunca es ni será una provocación o una agresión. Es un principio constitucional que reafirma nuestro apego a las leyes.

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En el caso de los acuerdos individuales que se han venido concretando en el Municipio Maneiro para el pago de las tarifas del servicio de aseo urbano, reiteramos nuestra posición de que los mismos además de garantizar proporcionalidad, deben representar garantías de continuidad a futuro, así como de equidad para todos los actores económicos de la entidad y, más importante, deben atender a los principios de igualdad, sin ningún tipo de acción discriminatoria o promoviendo la discrecionalidad.

Es del conocimiento público que la aplicación de tasas onerosas, en el escenario de complejidad económica actual, hace imposible honrar los diversos compromisos formales que el empresariado tiene a su cargo. Más aún, en el contexto sanitario que ha debilitado nuestra ya frágil plataforma productiva y reducido drásticamente la capacidad de consumo de los ciudadanos.

Consideramos relevante que nuestros planteamientos, realizados con miras a lograr una reconsideración, el entendimiento y la mejor solución para las partes, hayan tenido eco y conducido a necesarios descuentos y acuerdos de pago, que deben incluir a todo el conglomerado comercial de Maneiro.

Creemos que siempre debe imperar un clima de cooperación conjunta, donde el trabajo de la empresa privada sea reconocido como el generador del flujo económico que permite precisamente, la gestión de la administración pública municipal.
Señala el Artículo 316 de nuestra Constitución que “el sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas, según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población; para ello se sustentará en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos”.

El estado de derecho es la base sobre la cual debemos mantener todas nuestras actuaciones y así exigirlo a los poderes constituidos, relación que se enmarca en el principio de legalidad que debe enmarcar todo acto de la administración pública.
Insistimos, la Ordenanza que sustenta la contratación del servicio de aseo urbano a un tercero, y las facultades que se le han delegado, debe ser revisada sin demora.
Porlamar 09 de febrero de 2021

Redacción Porlavisión

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